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Nuevo Reglamento (UE) 2019/6 sobre medicamentos veterinarios

12/11/2021

El 28 de enero entra en vigor el Reglamento (UE) 2019/6 sobre medicamentos veterinarios, que contempla la posibilidad de que los veterinarios/as puedan dispensar medicamentos en sus centros destinados a los animales que hayan atendido. No obstante, esta capacidad no está traspasada a la normativa del Estado Español, y, por lo tanto, no es aplicable, al menos de momento.

La Junta del Col·legi Oficial de Veterinaris de Barcelona (COVB) considera que se debe defender esta potestad en el marco de la normativa española, tanto para los medicamentos con prescripción como para los que no la precisan, para asegurar el tratamiento correcto de los animales bajo su responsabilidad en el ejercicio de la práctica clínica y evitar retrasos innecesarios que pueden dificultar la recuperación o causar padecimientos innecesarios.

Como la normativa que ha de regular esta materia es de ámbito estatal, el COVB ha trasladado al Consejo General de Colegios Veterinarios de España su posicionamiento y le ha solicitado que defienda los intereses del colectivo veterinario en los términos expuestos, con todos los recursos que sean necesarios para promover la rapidez en la atención de la salud de los animales y evitar problemas de disponibilidad de medicamentos veterinarios por todos conocidos.

Os adjuntamos el comunicado que se ha envidado al Consejo sobre este tema.