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Nueva convocatoria de ayudas para reforzar la bioseguridad en explotaciones avícolas

27/05/2026

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación prevé abrir, a finales de junio o principios de julio, una nueva convocatoria de ayudas destinada a mejorar la bioseguridad en explotaciones avícolas de autoconsumo y pequeñas granjas.

Esta línea de ayuda quiere facilitar la instalación de infraestructuras que reduzcan el riesgo de contacto directo o indirecto entre las aves de corral y las aves salvajes, una medida especialmente relevante ante el riesgo de influenza aviar.

Proteger a las aves sin comprometer el bienestar animal

El objetivo principal de la ayuda es permitir que las aves puedan seguir accediendo a los patios exteriores en periodos de confinamiento obligatorio, siempre que estos espacios cuenten con las medidas de protección necesarias.

Este tipo de infraestructuras pueden contribuir a reducir problemas asociados al confinamiento, como el estrés, el picaje o determinados impactos productivos, al mismo tiempo que refuerzan la prevención sanitaria de las explotaciones.

¿Qué actuaciones se pueden subvencionar?

Las ayudas se dirigen a inversiones destinadas a evitar el contacto con aves salvajes. Entre las actuaciones subvencionables se incluyen:

  • La instalación de redes o telas pajareras, con un agujero máximo de 19 mm.
  • Cubiertas con malla de sombreo u otros materiales protectores.
  • Otras estructuras que impidan el contacto directo o indirecto con fauna salvaje.

Las infraestructuras deberán cubrir, como mínimo, una superficie de 0,25 m² por animal, según la capacidad registrada de la explotación, y proteger toda esta superficie.

Importe y personas beneficiarias

La ayuda podrá cubrir hasta el 80% de la inversión realizada, con un importe máximo de 5.000 € por explotación.

Podrán optar a ella las personas titulares de explotaciones avícolas con aves criadas al aire libre, incluidas explotaciones pequeñas y de autoconsumo, que están previstas explícitamente dentro de esta línea de ayuda.

Aspectos importantes sobre la solicitud

Hay que tener en cuenta que solo serán subvencionables las inversiones ya realizadas y pagadas antes de presentar la solicitud, siempre que se hayan llevado a cabo dentro de los tres años anteriores.

El gasto deberá justificarse con facturas y justificantes de pago. El IVA solo será subvencionable si no se puede recuperar.

El periodo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria. La solicitud y la justificación se realizarán simultáneamente y por vía telemática.

Una oportunidad para avanzar en prevención

Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones para las mismas actuaciones y tiene la consideración de ayuda de minimis, con un límite acumulado de 50.000 € en tres años.

La concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva, priorizando las zonas con mayor riesgo de influenza aviar y determinados perfiles de explotación.

Desde el COVB se recomienda a las personas titulares de explotaciones que puedan estar interesadas que revisen las bases reguladoras y preparen con antelación la documentación justificativa necesaria.

Para más información o apoyo en la tramitación, se puede contactar con el Servicio de Sanidad Animal a través de la dirección: sanitatanimal.agricultura@gencat.cat

Bases reguladoras Ayudas Sanidad Animal (PDF)