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Especificaciones sobre la expedición de pasaportes europeos oficiales para animales de compañía

14/09/2020

13 de agosto de 2020 – 

Según la RESOLUCIÓN ARP/2771/2004, de 29 de septiembre, publicada en el DOGC de 10 de octubre de 2004, se reconoce a los veterinarios clínicos colegiados como veterinarios autorizados para expedir los pasaportes para animales de compañía. Es por este motivo que desde el COVB os hacemos llegar una nota explicativa del Consell de Col.legis Veterinaris de Catalunya con especificaciones que hay que tener en cuenta antes de la expedición este documento.

Recordar que el pasaporte es un documento oficial de identificación, mediante el cual se individualiza cada animal a efectos de los desplazamientos intracomunitarios (perros, gatos y hurones), y que tiene que estar expedido por un veterinario autorizado después de haber cumplido determinadas obligaciones legales.

Puedes descargarte el documento AQUÍ.