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Bono social eléctrico a disposición de trabajadores autónomos que hayan cesado actividad o reducido su facturación a causa del estado de alarma

15/09/2020

El pasado sábado entró en vigor la Orden TED/320/2020, de 3 de abril, por la que se desarrollan determinados aspectos del derecho a percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19.

Este bono social supone un descuento directo un 25% en el recibo de la luz durante un periodo máximo de seis meses a contar desde el 1 de abril.

Lo pueden solicitar trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad en una fecha posterior al 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma, o bien trabajadores autónomos que hayan visto reducida su facturación del mes anterior al que se solicita el bono social en al menos un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

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