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El MAPA actualiza el documento de preguntas y respuestas sobre medicamentos veterinarios
11/02/2026
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad, ha publicado una versión revisada y actualizada (6 de febrero de 2026) del documento de preguntas y respuestas sobre distribución, prescripción y dispensación de medicamentos veterinarios.
Este documento se va elaborando y ampliando de manera periódica con el objetivo de sistematizar los criterios interpretativos derivados de la aplicación del Reglamento (UE) 2019/6 y del Real Decreto 666/2023. Tal como se indica en la introducción, su contenido tiene carácter informativo y no jurídico, y sirve como herramienta de apoyo para los profesionales.
PRINCIPALES CUESTIONES DESTACADAS DE LA ACTUALIZACIÓN
Entre los aspectos que han generado mayor interés en el sector, destacan las siguientes aclaraciones:
- Prescripción y dispensación en una misma ubicación
El documento aborda si los veterinarios que trabajan para establecimientos minoristas dispensadores pueden incurrir en la prohibición de compatibilizar prescripción y dispensación en una misma sede.
El Ministerio indica que no existe incompatibilidad, siempre que:
- La prescripción se realice en explotaciones, clínicas u hospitales veterinarios con examen clínico previo (salvo los supuestos previstos en la norma).
- La dispensación se lleve a cabo en dependencias habilitadas para esta actividad.
- Se garantice la separación efectiva entre ambas funciones.
No obstante, se advierte que se trata de un aspecto de carácter casuístico, cuya valoración corresponde a la autoridad competente.
- Comunicación a PRESVET
Se recuerda la obligación de comunicar a PRESVET —o a las bases de datos autonómicas— las prescripciones de antibióticos, incluidas:
- Prescripciones sin dispensación.
- Prescripciones de botiquín, también en animales de compañía.
El plazo general para comunicarlas es de 15 días hábiles desde la firma.
- Uso de antimicrobianos y criterios de riesgo
El documento recuerda la obligación de utilizar los antibióticos conforme a la categorización de riesgo establecida a nivel nacional (grupos D, C y B), priorizando siempre los de menor riesgo cuando sean eficaces.
También se aclaran criterios sobre tratamientos metafilácticos, justificación diagnóstica y uso excepcional.
Con más de 25 apartados que abordan desde la distribución hasta la prescripción excepcional, las autovacunas o la venta a distancia, el documento constituye una herramienta práctica de consulta para veterinarios clínicos, responsables de explotación y establecimientos dispensadores.
El Ministerio indica que las novedades respecto a la versión anterior aparecen marcadas en color azul en el texto.
Consulte el documento completo adjunto para revisar las novedades y aclaraciones aplicables a su actividad profesional.