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El Gobierno modifica por segunda vez la normativa sobre medicamentos veterinarios

05/09/2025
El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 767/2025, de 2 de septiembre, que introduce modificaciones en el Real Decreto 666/2023, sobre distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, así como en el Real Decreto 1157/2021, que regula la fabricación industrial de medicamentos.
La nueva norma, en cumplimiento de una decisión judicial, amplía la definición de dispensación de medicamentos al público en general: no solo incluye los medicamentos veterinarios sujetos a prescripción, sino también aquellos que no requieren receta.
Además, se permite la dispensación al público de los siguientes medicamentos de uso exclusivo veterinario:
- Sueros para perfusión.
- Suplementos minerales y vitamínicos para perfusión.
- Medicamentos inmunológicos.
- Hormonas.
El decreto también define y establece un sistema simplificado de registro para los medicamentos tradicionales a base de plantas medicinales y los medicamentos alérgenos veterinarios.
En el ámbito de la clínica de producción, la norma introduce cambios significativos:
- Flexibiliza la exigencia de examen clínico obligatorio antes de prescribir determinados tratamientos.
- Elimina la mención al veterinario de explotación en la obligación del titular de la explotación de adoptar medidas para reducir el consumo de antimicrobianos.
Puedes consultar el texto completo del Real Decreto 767/2025 aquí.